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Noticias y Prensa Deducción Fiscal Por Acceso a Internet
Enviado porAdmin el 15/05/2006 07:02
Contribución de Anónimo

Este año todos los internautas estamos de suerte en la renta ya que el acceso a lineas de alta velocidad en Galicia desgrava...



REQUISITOS Y OTRAS CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA DEDUCCIÓN:

* - La deducción únicamente podra aplicarse en el ejercicio en que se celebre el contrato de conexión a las líneas de alta velocidad.

*- La línea de alta velocidad contratada deberá estar destinada a uso exclusivo del hogar y no podrá estar vinculada al ejercicio de cualquier actividad empresarial o profesional.

*- No resultará aplicable la deducción si el contrato de conexión supone simplemente un cambio de compañía prestadora del servicio y el contrato con la compañía anterior se ha realizado en otro ejercicio. Tampoco podrá aplicarse la deducción cuando se contrate la conexión a una línea de alta velocidad y el contribuyente mantenga, simultáneamente, otras líneas contratadas en ejercicios anteriores.

*- La práctica de la deducción está condicionada a la justificación documental adecuada y suficiente del presupuesto de hecho y de los requisitos que determinan la aplicabilidad de la misma.

*- Tratándose de matrimonios en régimen de sociedad legal de gananciales, el importe máximo que puede deducir cada uno de los cónyuges es de 50 euros, con independencia de que el contrato esté a nombre de uno solo de ellos. En estos casos, el prorrateo tiene carácter obligatorio, de forma que uno solo de los cónyugues no puede aplicar la totalidad de la deducción a la que tienen derecho ambos cónyuges de forma conjunta. No obstante, si cada uno de los cónyuges es titular de una línea, cada uno de ellos podrá aplicar la totalidad de la deducción.



 
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